Resulta que en la ciudad de LAS PALMAS DE GRAN CANARIA, tan cosmopolita toda ella, no podía faltar de nada y ya tenemos las "ABDUCCIONES DE CADÁVERES" más insólitas, permitidas por dicho Ayuntamiento, así de claro, PERMITIDAS POR ÉSE AYUNTAMIENTO.
Me explico muy claramente. Un tanatorio, al cual el Ayuntamiento antes citado, ya ha decretado el precinto del mismo, (AUNQUE ESTÁ DILATANDO EN EL TIEMPO SU PRECINTO PARA QUE SIGAN TRABAJANDO, AUNQUE SEA DE INCÓGNITO), por carecer de todo tipo de autorizaciones administrativas obligatorias y al cual los servicios sanitarios de la POLICÍA MORTUORIA han denegado los permisos para su explotación comercial, realmente es un lugar dónde "clandestinamente desaparecen cadáveres algunos dias" y nadie ha dado explicaciones, de cómo ha sido su desaparición, por lo que ya llegamos a pensar que ésos cadáveres han sido abducidos por "ALGO, o ,ALGUIEN", para "ALGO" que aún está por confirmar y probar.
Un Ayuntamiento que permite el tránsito por sus calles, cual cabalgata del carnaval, exponiendo a la población, a posibles, o probables infecciones, provenientes de cadáveres humanos, lo que están haciendo es realmente una dejación de funciones.
Y que no vengan ahora con el cuento de que "ellos" no sabían nada, pues ya son muchos los meses denunciando públicamente lo que ocurre y justamente a día de ayer, un cadáver entró en ésa nave comercial, por denominarla de alguna manera, aunque, la realidad está muy clara, porque es, un negocio-redondo el TANATORIO CLANDESTINO.
Habría que preguntarse, ¿qué gana el ayuntamiento con hacer la vista gorda?, no llegándose a comprender por éste blog, el motivo por el cual se ha llegado a ésta situación. Alguien tendrá que salir a dar la cara.
Lo vamos a exponer aquí, son solo tres ejemplos muy claros, de lo que exponemos en los párrafos anteriores y, por lo que decimos, que, existen cadáveres, abducidos en ésta ciudad.
Debemos aclararles a todos ustedes, que cuando alguien fallece, existe un médico que firma el correspondiente certificado de defunción y al día siguiente, (no cuatro, ni cinco dias después), el certificado de defunción más los correspondientes documentos oficiales y por la funeraria responsable, se llevan al Juzgado de Guardia si es festivo, o, al Juzgado del Registro Civil dónde se haya producido el fallecimiento, para comunicar al Juez, lo que se va ha hacer con dicho cadáver, ya sea enterramiento, incineración, o, embalsamamiento para su traslado fuera de la isla.
Si el cadáver se va a incinerar, o, embalsamar, es también, al dia siguiente de su fallecimiento, cuándo se solicita a SANIDAD MORTUORIA, los permisos, para efectuarlo, no dias después, se hace al dia siguiente.
Quedando muy claro, que, desde el primer momento, existe un JUEZ, que sabe dónde está depositado el cadáver y lo que se va a hacer con él, repito, desde el primer momento,
Por ahora, no vamos a poner nombre, para que no se sientan ofendidos los familiares de los difuntos, pero si fechas.
Un fallecido a las ... horas del día ...........2016, en Las Palmas de Gran Canaria, la funeraria responsable del mismo, permite, una clase práctica de embalsamamiento, sobre el cadáver el viernes ........./2016, a las ...... horas, existe un audio que demuestra la convocatoria para dicho embalsamamiento, en un tanatorio clandestino, denominado VISTA HERMOSA. Y el colmo, de los colmos, se solicitó, el permiso de embalsamamiento a SANIDAD MORTUORIA, el día ........./2016, tres días después. La pregunta es sencilla:
¿DÓNDE ESTUVO EL CADÁVER DURANTE ÉSOS DIEZ (10) DÍAS?.
Un fallecido del día ......../2016, en Telde, la funeraria responsable permite una práctica de embalsamamiento el día ......../2016 en el tanatorio clandestino de VISTA HERMOSA y se solicita embalsamamiento a SANIDAD MORTUORIA, el día ......./2016, tres días después. Volvemos a preguntarnos: ¿DÓNDE ESTUVO EL CADÁVER DURANTE ÉSOS CUATRO (4) DÍAS?.
Un fallecido del día ......../2016, en Las Palmas de Gran Canaria, la funeraria responsable permite que, se impartan clases prácticas con el cadáver el día ......../2016 en el tanatorio clandestino de VISTA HERMOSA y se solicita embalsamamiento a SANIDAD MORTUORIA, el día......../2016, nueve días después. Repetimos la pregunta:
¿DÓNDE ESTUVO EL CADÁVER DURANTE NUEVE (9) DÍAS?.
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