lunes, 29 de diciembre de 2008

RIC, EL MAYOR ENGAÑO A LA POBLACION GRANCANARIA


LLEVO MESES, INFORMÁNDOME SOBRE LA FAMOSA R.I.C., Y LA VERDAD ES QUE NO SE UTILIZA PARA LO QUE FUE CREADA.

¿Ustedes creen, que si una empresa, con los impuestos que se ahorra esta R.I.C., compra una piso o un apartamento, es una inversión para crear empleo en esta isla?. Pues yo no lo veo así.

Ahora bien, otra cosa seria que, esa empresa compra, un local comercial para ampliar el negocio y ademas con esa ampliacion, genera empleo o compra un vehiculo comercial para mejorar su empresa y por lo tanto, genera empleo, esto si es utilizar la R.I.C. para lo que fue creada.

Hablando claro, la R.I.C., es un fondo creado por los mismos empresarios, para que una parte de los impuestos que deben de pagar, pasen a formar ese fondo.

Ese dinero, no lo entregan a la Hacienda Publica, se lo quedan ellos, con el cuento de que van a utilizarlo en la R.I.C. Y la verdad es que no se utiliza para ella. Solo tenemos que ver anuncios inmobiliarios, que ofrecen ventas usando el dinero de la R.I.C.

Hace unos meses, el fondo de ese dinero de la R.I.C., se estimaba en 3.811 millones de, euros. Y saben cuantas pesetas significa esa cantidad. Peseta arriba, peseta abajo, 636.604.000.000 pesetas, aunque estoy seguro,que la cantidad es mucho mayor.

El Gobierno de Canarias, ha presupuestado un gasto publico para 2009, de 7.443 millones. Por lo que nos encontramos, con que los empresarios de estas islas, disponen en sus bolsillos de aproximadamente la mitad del presupuesto de estas islas y resulta que no lo invierten en crear empleo.

Yo estoy seguro y pondria la mano en el fuego, de que ese dinero, que realmente es nuestro, ya se lo han gastado. Estoy segurisimo, que si en estos momentos, se les exigiera a esos empresarios, que demuestren palpablemente y tangiblemente, la existencia de ese dinero. Mas de uno desapereceria.

Ese dinero, vuelvo a repetir, no es de los empresarios. Ese dinero es del pueblo, pues es el resultado de unos impuestos que se les ha dejado a los empresarios para que creen tejido comercial. Por lo tanto es dinero de la Hacienda Publica, y los empresarios, son responsables y custodios de que se inviertan, para lo que fue creada la R.I.C.

Se comenta por ahi, que muchos invirtieron en esas piramides que son la bolsa. Veremos como termina ese tema, que solo acaba de empezar.

Y el que se lo haya gastado, en el Codigo Penal, esta muy claro, lo que significa.

Asi que, a esos empresarios no se les debe dar ni un duro, para que salgan de la crisis. Que utilicen ese dinero, que ya es bastante.

Ahora leanse las siguientes linea y lo tendran mas claro:

  • Definición de la Reserva para Inversiones en Canarias.
  • ¿Qué es la Reserva para Inversiones en Canarias?

    La Reserva para Inversiones en Canarias, en adelante RIC, se instrumentó con el objetivo de estimular el esfuerzo inversor con cargo a recursos propios, es decir, la autofinanciación de las inversiones de las empresas que desarrollen su actividad en Canarias.

    • Ámbito de aplicación de la Reserva para Inversiones en Canarias.

    ¿Quienes pueden acogerse a la RIC?

    La dotación a la RIC representa unas ventajas fiscales de las que, en relación a la actividad desarrollada en los establecimientos situados en Canarias, pueden beneficiarse:

    • Todas las sociedades y otras entidades jurídicas sujetas al Impuesto de Sociedades.
    • Las personas físicas sujetas al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, solo si su rendimiento neto procede de actividades empresariales y se estima por el método de estimación directa.

    No obstante, el R.D. Ley 7/1998 establece la inaplicación de todos los incentivos fiscales a las actividades productivas que se encuadran dentro de los sectores sensibles (construcción naval, fibras sintéticas, industria del automóvil, siderurgia e industria del carbón).

    ¿Qué se entiende por establecimiento permanente en Canarias?

    La condición imprescindible para acogerse a la RIC, es que la empresa, independientemente de dónde esté domiciliada, cuente con un establecimiento permanente en Canarias. Por establecimiento permanente, se entienden todas las instalaciones o lugares de trabajo, en los que, de forma continuada o habitual, realice toda o parte de su actividad, con potestad para contratar, en nombre y por cuenta de la persona o entidad no residente.

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